miércoles, 16 de enero de 2013

MURCIA OPOSICIONS 2013






FETE-UGT, junto con el resto de sindicatos de la Mesa Sectorial de Educación, rechaza la oferta de 200 plazas distribuidas en las especialidades siguientes:


  • Audición y Lenguaje: 13 plazas.

  • Educación Física: 22 plazas.

  • Educación Infantil: 43 plazas.

  • Inglés: 60 plazas.

  • Educación Primaria: 28 plazas.

  • Educación Especial: 17 plazas.

  • Música: 17 plazas.

DESCARGAR COMUNICADO DE PRENSA.

Decreto n.º 11/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio de 2013 para funcionarios de cuerpos docentes de enseñanza no universitaria en la Administración Pública de la Región de Murcia.

El artículo 70.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, dispone que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal.

Artículo 1. Aprobación de oferta de empleo

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, se aprueba la Oferta de Empleo Público, correspondiente al ejercicio 2013, de personal docente de enseñanza no universitaria en la Administración Pública de la Región de Murcia en los términos que se establecen en este Decreto.

Artículo 2. Determinación de plazas

En la Oferta de Empleo Público se incluyen aquellas plazas vacantes cuya cobertura, mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso, se considera imprescindible para el funcionamiento de los servicios.
Las plazas del personal docente no universitario necesarias para cubrir las necesidades del sistema educativo, son las que aparecen relacionadas en anexo al presente Decreto.

Artículo 3. Prohibición de supresión de plazas

Toda plaza incluida en la Oferta de Empleo Público, no podrá ser suprimida o modificada hasta que se resuelvan las correspondientes convocatorias.

Artículo 4. Turno de discapacitados

De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982 de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, en las pruebas selectivas, incluidas las correspondientes a la promoción interna, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Las convocatorias para la provisión de plazas de Empleo Público no establecerán exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, salvo en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

En las convocatorias se indicará expresamente la posibilidad de solicitar las adaptaciones oportunas de tiempo y medios por parte de las personas con minusvalía, con declaración expresa de los interesados de reunir las condiciones exigidas al respecto, que se acreditarán, en su caso, mediante informes vinculantes expedidos por los órganos técnicos competentes de las Administraciones Públicas, que deberá ser emitido con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.

En cumplimiento de lo previsto en la disposición adicional primera de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, el artículo único de la Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre empleo público de discapacitados y el artículo 2 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, modificada por la Ley 26/2011, de 1 de agosto de adaptación normativa de la Convención Internacional sobre los Derechos de las personas con Discapacidad y en el Decreto 93/2011, de 27 de mayo, sobre el acceso y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración Pública de la Región de Murcia, se reserva en esta Oferta de Empleo Público un cupo no inferior al 5 por ciento de las plazas vacantes, para aquellas personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, siempre que se den las condiciones y se cumplan los requisitos a que se refiere la citada disposición adicional de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.

Artículo 5. Sistema de acceso y normativa aplicable

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el sistema de ingreso en la Función Pública docente será el concurso-oposición, siendo de aplicación la normativa específica en vigor para el ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que imparten enseñanzas del sistema educativo y en el Cuerpo de Inspectores de Educación.

Disposición adicional única.

Con objeto de facilitar la información sobre los procesos selectivos, se encuentra a disposición de los ciudadanos en la red Internet la página Web con la siguiente dirección:

www.carm.es/rrhh/ofertaempleo

Disposición final primera.
Se faculta al Consejero de Economía y Hacienda y al Consejero de Educación, Formación y Empleo, para la aplicación, desarrollo y ejecución de este Decreto. Disposición final segunda.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 8 de febrero de 2013.—El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.— El Consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal Roldán.

Normas funcionamiento tribunales


Resultado Sorteo Formación de Tribunales


    
ANEXOS BORRADOR DE CONVOCATORIA

     PLAZAS A CONVOCAR
     TRIBUNALES: 




No hay comentarios: